Sin demandas ni ejecuciones hipotecarias hasta fin de año
Créditos UVA

Sin demandas ni ejecuciones hipotecarias hasta fin de año

Hasta fines de 2026 sigue vigente la suspensión del inicio de demandas y la ejecución de sentencia contra tomadores de créditos hipotecarios UVA para vivienda única familiar y de ocupación permanente.
05/01/2026
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on la promulgación de ley 1608, los tomadores de créditos hipotecarios UVA tienen garantizado, hasta el próximo 31 de diciembre, la suspensión tanto del “inicio de demandas por parte de los Bancos en el ámbito de la Provincia Tierra del Fuego que promuevan la ejecución hipotecaria sobre mutuos otorgados con cláusula de ajuste por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) que tengan por objeto la vivienda única familiar y de ocupación permanente” como así también de “las ejecuciones de sentencia en los juicios iniciados por los Bancos para la ejecución hipotecaria sobre mutuos otorgados con cláusula de ajuste por UVA que tengan por objeto la vivienda única familiar y de ocupación permanente”.

La norma, aprobada por unanimidad el pasado lunes 15 diciembre, da continuidad al marco protectivo de carácter temporal que rige en la provincia desde 2023.

En la Provincia existen más de 250 personas que entre 2016 y 2017 tomaron créditos hipotecarios UVA para la construcción o compra de la vivienda única. Esta línea crediticia lanzada durante la gestión presidencial de Mauricio Macri contempla que el monto del préstamo se actualiza en Unidades de Valor Adquisitivo. Cada UVA equivale a la milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado de vivienda y su valor se actualiza diariamente en función a la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), basado en el índice de precios al consumidor.

Producto de la inestabilidad económica y la creciente inflación que vivió el país, el valor de las cuotas y la actualización del capital adeudado por los tomadores de los créditos UVA registraron significativos aumentos, lo que ha generado que se hayan tornado casi impagable para los deudores, lo que abre la puerta a potenciales incumplimiento y al inicio de procesos judiciales que concluyan con la pérdida de la vivienda.

Más allá de la vigencia de esta ley, que es de carácter general, la Justicia fueguina dictó algunas cautelares en las se determinó que el valor de la cuota mensual del crédito no puede superar el 35% del ingreso del deudor.

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